Chilpancingo.- El gobierno de Guerrero, a través del Periódico Oficial del estado, dio a conocer el acuerdo que establece los porcentajes de ocupación y horarios de funcionamiento de diversas actividades esenciales y no esenciales en la entidad, en el periodo comprendido del 4 al 17 de abril del presente año.
Según el acuerdo, del 21 de marzo al 3 de abril del presente año han disminuido el número de casos confirmados y hospitalizaciones por Covid-19 en la entidad y que el gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, actualizó los avances logrados en el país para las próximas dos semanas, acordó que de Guerrero se mantenga en color verde del Semáforo Epidemiológico, del 4 al 17 de abril de 2022.
Por tal razón, para adaptar las actividades a las nuevas condiciones de movilidad, se modifican los porcentajes de ocupación y aforos de las actividades esenciales y no esenciales en el estado, con el propósito de continuar avanzando en la recuperación de las actividades económicas y sociales, privilegiando la salud y el bienestar de la población.
El acuerdo especifica que el regreso de trabajadores del sector central a sus actividades, será de manera gradual, ordenada y segura, brindando protección a aquellos de mayor vulnerabilidad, con ventilación cruzada natural en oficinas y salas de reunión, tomando temperatura y dotando de gel antibacterial, siendo obligatorio el uso de cubrebocas en toda la jornada laboral.
En cuanto a los servicios educativos, se indica que es una obligación la ventilación cruzada natural en espacios en espacios cerrados, debiendo cumplir con los protocolos de la Guía para el Regreso Responsable y Ordenado a las Escuelas Ciclo Escolar 2021-2022, respetando los protocolos sanitarios, como el obligatorio uso de cubrebocas.
En los destinos turísticos, los hoteles podrán operar con un 90 por ciento de su aforo, y en playas y balnearios y albercas públicas se permitirá operar con el 80 por ciento de aforo en un horario de 6:00 a 19:00 horas. Los deportes acuáticos, y el transporte público habrán de operar al 80 por ciento de su aforo. En supermercados, tiendas de autoservicio, almacenes, centros comerciales y estéticas, limitando el acceso a dos personas por familia.
Los mercados, tianguis, bazares y mercado sobre ruedas deberán operar al 80 por ciento de su capacidad, con uso obligatorio de cubrebocas al interior, limitando el acceso a dos personas por familia. Los gimnasios operarán al 60 por ciento de su capacidad.
Asimismo, se prohíben actividades religiosas en vía pública, con un 80 por ciento de su aforo total en los centros religiosos. Los bancos lo harán con un 80 por ciento de aforo, lo mismo que platerías, joyerías, plazas cívicas, jardines, parques, zonas arqueológicas, polideportivos, unidades deportivas, zoológicos y afines, así como las oficinas del Tribunal superior de Justicia, Tribunales administrativos y laborales y Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje.
Por último, para su operación, los establecimientos comerciales deberán contar con el aviso de funcionamiento emitido por la la COFEPRIS o por la COPRISEG, conforme a las actividades que realizan, y para mayor información sobre estos lineamientos habrá que consultar el Periódico Oficial del estado, de fecha 4 de abril del presente año.